FAQ

¿Por qué registrar tu marca?

La marca registrada protege los productos y/o servicios de una empresa, convirtiéndose en el activo más importante de la misma; si no se registra debidamente se puede arriesgar a perderla y que sea registrada  por otra persona. Al ser registrada de manera adecuada se garantiza el uso de la misma en el territorio pretendido.

La ley concede al registrante el derecho de impedir que cualquier otra persona utilice una marca idéntica o confundible con la suya, protegiendo de este modo la distinción de sus productos y/o servicios y eliminando así el riesgo de confusión en el mercado.

Además, al ser titular de la marca, podrá venderla, cederla u otorgar licencias de uso de marca, si así lo estima oportuno.

El asesoramiento profesional en esta materia es muy importante, ya que un especialista cuenta con las herramientas pertinentes para determinar las posibilidades de registro de la marca, para elegir las clases adecuadas que deben protegerse, para presentar la solicitud de registro correctamente y para solucionar los problemas administrativos que tenga el expediente durante su tramitación. Además el profesional tendrá a cargo la vigilancia de la marca, avisando a su titular de los vencimientos y velando para que no sean registradas marcas similares que puedan crear confusión a los clientes.

¿Cuánto dura la protección de una marca?

En España, en la Unión Europea y en la mayoría de los países del mundo las marcas tienen una vida legal de 10 años y se renuevan cada 10 años de forma indefinida.

¿En qué territorio se protege tu marca?

La marca estará protegida en un territorio determinado dependiendo del lugar donde se solicite el registro de la misma.

La solicitud del registro se puede realizar ante la Oficina nacional de cada país pretendido o en las Oficinas territoriales, en las cuales se puede proteger la marca en varios países con un solo registro. Esta modalidad de protección es un sistema cómodo, ágil y más económico que el sistema de marca nacional, y además permite una gestión sencilla en su tramitación frente a lo que supondría el registro nacional en cada uno de dichos estados.

EUIPO

La marca de la Unión Europea es la modalidad mediante la cual puede solicitarse la protección de una marca en los 28 estados miembros de la Unión Europea a través de un único registro ante la EUIPO – European Union Intellectual Property Office.

OAPI

El tratado OAPI permite la protección de una marca con un solo registro en los siguientes países africanos: Benín, Burkina Faso, Camerún, Chad, Costa Marfil, Gabón, Guinea, Guinea Ecuatorial, Guinea-Bisáu, Malí, Mauritania, Níger, República Centroafricana, República del Congo, Senegal y Togo.

¿Qué es la clasificación internacional de Niza?

Las marcas se registran para proteger unos productos y/o servicios concretos. Dichos productos y servicios han sigo agrupados por clases en la clasificación internacional de Niza en función de su utilidad o uso: http://www.wipo.int/classifications/nice/es/.

Lo más recomendable es que una persona especializada le aconseje en qué clases debe registrar su marca.

¿Cuánto tarda en concederse una marca?

Actualmente la Oficina Española de Patentes y Marcas está tardando entre 5 o 6 meses en conceder una marca desde su solicitud si no ha habido incidencias en la tramitación del expediente.

He recibido una carta exigiéndome un pago adicional

NO PROCEDAN A EFECTUAR PAGO ALGUNO A OTRAS ENTIDADES QUE SE DIRIJAN A USTEDES EN RELACION CON SUS REGISTROS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

Advertencia respecto a las cartas engañosas

La Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha sido informada de que solicitantes y agentes están recibiendo cartas y  mensajes de correo electrónico de carácter fraudulento en los que se les requiere el pago de tasas por servicios relacionados con las marcas, dibujos y modelos; por ejemplo la publicación, el registro o la inclusión en directorios de empresas. En ocasiones, en estos escritos se utiliza fraudulentamente el nombre de la OEPM, llegándose a reproducir membretes, sellos y firmas falsas de la OEPM.

Desde la OEPM se advierte que este tipo de escritos fraudulentos no son emitidos ni amparados por la OEPM, ni tienen validez legal. Las empresas que los envían no tienen nada que ver con la OEPM, ni  existe relación alguna con ninguna de sus publicaciones oficiales. (Ver documento de liquidación de tasas fraudulento).

En otros casos se trata de empresas supuestamente relacionadas con la Propiedad Industrial que, utilizando la información que obtienen de las publicaciones oficiales de la OEPM, envían cartas de pago engañosas a los solicitantes o agentes, indicando una cuenta corriente en la que se pretende que se haga el ingreso. Es frecuente que este tipo de empresas posean una página web simulada con el fin de dar la impresión de seriedad. Como en el caso anterior, se recuerda que dichas cartas no están relacionados con ningún trámite ante la OEPM,  ni la OEPM tiene relación alguna con tales empresas. (Ver ejemplos de cartas de pago fraudulentas).

Cualquier comunicación de la OEPM se efectúa siempre mediante documento debidamente identificado con el escudo institucional, nombre del Departamento Ministerial al que se encuentra adscrita (Ministerio de Industria, Energía y Turismo) y con el logo y denominaciones oficiales.  Los interesados deben estudiar cuidadosamente los documentos que se les hayan remitido en este sentido, consultando a la OEPM en caso de duda y no efectuar ningún pago hasta haber comprobado que procede de una fuente oficial.